Ley No. 20.399 que otorga derecho a sala cuna al trabajador
Idioma: Español Detalles de publicación: : , 2009, Nov.Descripción: p. 3-5Recursos en línea: En: Informe Jurídico de la Construcción no.16(2009:Nov.)Resumen: Se revisa la Ley 20.399 publicada en el Diario oficial el 23 de noviembre de 2009, que establece que, si una empresa en la que existe el deber de otorgar sala cuna por tener más de veinte mujeres contratadas y, por sentencia judicial se le haya confiado el cuidado personal del menor de dos años a otro empeado, sea éste hombre o mujer, se le hará extensivo tal derecho. Lo mismo ocurrirá con el padre cuando fallece la madre del menor de dos años.![](/opac-tmpl/bootstrap/itemtypeimg/crystal-clear/document.png)
Biblioteca actual | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Biblioteca Central | no.16(2009:Nov.) | Disponible | Biblioteca: B0205C | 155 |
Se revisa la Ley 20.399 publicada en el Diario oficial el 23 de noviembre de 2009, que establece que, si una empresa en la que existe el deber de otorgar sala cuna por tener más de veinte mujeres contratadas y, por sentencia judicial se le haya confiado el cuidado personal del menor de dos años a otro empeado, sea éste hombre o mujer, se le hará extensivo tal derecho. Lo mismo ocurrirá con el padre cuando fallece la madre del menor de dos años.
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