¿Tiene límites la planificación tributaria en Chile?
Idioma: Español Detalles de publicación: : , 2005Descripción: p. 31-39Tema(s): En: Administración y Economía UC no.60(2005)Resumen: La planificación tributaria es lícita, ya que cada persona es libre de buscar los caminos jurídicos menos gravosos, para desarrollar sus actividades, lo que ha sido confirmado por nuestra Corte Suprema de Justicia. En las operaciones más complejas existe cada vez más incertidumbre que, puedan ser calificadas, dentro de los tipos penales abiertos que contempla la legislación, ya que la administración tributaria, en un cambio de criterio, ha comenzado a investigar y cuestionar penalmente las planificaciones tributarias. Por esta razón, se hace necesario integrar en las planificaciones, no sólo un apego estricto a la forma, sino también una ´legítima razón de negocios´, que evite la existencia de un perjuicio fiscal que, pueda dar lugar a la aplicación de una pena.Biblioteca actual | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Biblioteca Central | no.60(2005) | Disponible | Biblioteca: B0104B | 18776 |
La planificación tributaria es lícita, ya que cada persona es libre de buscar los caminos jurídicos menos gravosos, para desarrollar sus actividades, lo que ha sido confirmado por nuestra Corte Suprema de Justicia. En las operaciones más complejas existe cada vez más incertidumbre que, puedan ser calificadas, dentro de los tipos penales abiertos que contempla la legislación, ya que la administración tributaria, en un cambio de criterio, ha comenzado a investigar y cuestionar penalmente las planificaciones tributarias. Por esta razón, se hace necesario integrar en las planificaciones, no sólo un apego estricto a la forma, sino también una ´legítima razón de negocios´, que evite la existencia de un perjuicio fiscal que, pueda dar lugar a la aplicación de una pena.
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