De las disposiciones comunes a todo procedimiento y de los incidentes

Por: Colaborador(es): Idioma: Español Detalles de publicación: Santiago, Chile : Jurídica de Chile, 1993Descripción: 210 pTema(s): Clasificación CDD:
  • 347 S871 5a ed.
Resumen: Contiene: Aplicación y estructura del código de procedimiento civil -- De la comparencia en juicio -- De la contienda judicial -- De las costas -- De la formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes -- De las acciones judiciales -- De los plazos y de las rebeldías -- De las notificaciones -- Concepto y clasificación de las resoluciones judiciales -- Requisitos de las resoluciones judiciales -- Efectos de las resoluciones judiciales -- Concepto y clasificación de los incidentes -- De los incidentes ordinarios -- De la acumulación de autos -- De las cuestiones de competencia -- De las implicancias y recusaciones -- Del privelegio de pobreza -- Del desestimiento de la demanda -- Del abandono del procedimiento.
Tipo de ítem: Monografías
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Biblioteca actual Signatura topográfica Copia número Estado Notas Fecha de vencimiento Código de barras
Biblioteca Central 347 S871 5a ed. c.1 Disponible Biblioteca: B0502C 3193

Contiene: Aplicación y estructura del código de procedimiento civil -- De la comparencia en juicio -- De la contienda judicial -- De las costas -- De la formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes -- De las acciones judiciales -- De los plazos y de las rebeldías -- De las notificaciones -- Concepto y clasificación de las resoluciones judiciales -- Requisitos de las resoluciones judiciales -- Efectos de las resoluciones judiciales -- Concepto y clasificación de los incidentes -- De los incidentes ordinarios -- De la acumulación de autos -- De las cuestiones de competencia -- De las implicancias y recusaciones -- Del privelegio de pobreza -- Del desestimiento de la demanda -- Del abandono del procedimiento.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.
SÍGUENOS EN