Proyecto de Ley que ´Establece un procedimiento simplicado para los permisos de edificación de viviendas sociales´ Boletín No. 5270-14
Proyecto de Ley que ´Establece un procedimiento simplicado para los permisos de edificación de viviendas sociales´ Boletín No. 5270-14
- , 2007, Jul./Ago./Sep.
- h. [8-10]
Iniciativa que crea un procedimiento simplificado para los permisos de edificación de viviendas sociales en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Este se aplicará a ampliaciones de viviendas sociales, viviendas progresivas e infraestructura sanitaria, las que deberán cumplir con normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores de electricidad, y, cuando corresponda, agua potable, alcantarillado y gas. El texto también faculta a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para establecer normas especiales y procedimientos simplificados para construcciones en zonas declaradas como zonas afectadas por catástrofe. Asimismo, establece una disposición transitoria para regularizar viviendas de hasta 520 UF por un plazo de 3 años. Para ello no deben existir reclamos pendientes de vecinos, y es necesario presentar declaración del propietario, un plano simple y un informe técnico de un arquitecto.
Vivienda social
Permisos de edificación
REGULARIZACIONES
ARQUITECTURA, URBANISMO, PLANIFICACION TERRITORIAL
Iniciativa que crea un procedimiento simplificado para los permisos de edificación de viviendas sociales en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Este se aplicará a ampliaciones de viviendas sociales, viviendas progresivas e infraestructura sanitaria, las que deberán cumplir con normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores de electricidad, y, cuando corresponda, agua potable, alcantarillado y gas. El texto también faculta a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para establecer normas especiales y procedimientos simplificados para construcciones en zonas declaradas como zonas afectadas por catástrofe. Asimismo, establece una disposición transitoria para regularizar viviendas de hasta 520 UF por un plazo de 3 años. Para ello no deben existir reclamos pendientes de vecinos, y es necesario presentar declaración del propietario, un plano simple y un informe técnico de un arquitecto.
Vivienda social
Permisos de edificación
REGULARIZACIONES
ARQUITECTURA, URBANISMO, PLANIFICACION TERRITORIAL